Obligaciones de Transparencia
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Artículo 84.- Además de lo dispuesto en el Artículo 81 de la presente Ley y lo establecido en el Artículo 73 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el Poder Judicial del Estado deberá poner a disposición del público y mantener actualizada, en términos de lo establecido en el presente Capítulo, la siguiente información:
I.- El Supremo Tribunal de Justicia:
a).- Lista de asistencia y orden del día de las Sesiones del Pleno;
b).- Acta, minuta y/o Versión Estenográfica de las Sesiones del Pleno y sus comisiones;
c).- Votación de los acuerdos sometidos a consideración del Pleno;
d).- Acuerdos y Resoluciones del Pleno;
e).- Estadística Judicial;
f).- Las versiones públicas de todas las sentencias emitidas;
g).- Carrera judicial, convocatorias, registro de aspirantes y resultados de las evaluaciones;
h).- Inventario de vehículos de su propiedad, asignación y uso de cada uno de ellos;
i).- Monto y manejo de los recursos económicos de los Fideicomisos existentes;
j).- Monto y periodicidad de los apoyos económicos y en especie otorgados a sus trabajadores en todos sus niveles y tipos de contratación;
k).- Programa anual de obras, programa anual de adquisiciones y programa anual de enajenación de bienes; y
l).- El boletín judicial, así como cualquier otro medio en el que se contengan las listas de acuerdos, laudos, resoluciones, sentencias relevantes y la jurisprudencia.
II.- Consejo del Poder Judicial:
a).- Acuerdos y/o resoluciones del Consejo, cuando así lo determinen sus integrantes;
b).- Acuerdos y minutas de las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo, cuando así lo determinen sus integrantes;
c).- Procedimiento de ratificación de Jueces;
d).- Aplicación y destino de los recursos financieros;
e).- Viajes oficiales nacionales y al extranjero de los jueces, magistrados consejeros o del personal de las unidades administrativas;
f).- Inventario de los bienes inmuebles propiedad del Consejo, así como el uso y destino de cada uno de ellos; y
g).- Resoluciones del órgano de control interno.
III.- Las listas de Acuerdos que en el ejercicio de sus funciones emitan los órganos jurisdiccionales;
IV.- La cuenta pública del Poder Judicial;
V.- El monto, destino y aplicación del Fondo para la Administración de Justicia, o cualquier otro fondo que administre de acuerdo a la Ley;
VI.- Las actas de las visitas de inspección realizadas por parte de Visitaduría, siempre y cuando no obstaculicen u obstruyan las actividades de la Visitaduría y la determinación de responsabilidades;
VII.- Estadísticas de amparos concedidos en contra de las resoluciones emitidas por los órganos jurisdiccionales;
VIII.- Los programas y cursos ofrecidos por el área de Capacitación Judicial, así como las convocatorias a concursos para ocupar cargos jurisdiccionales y los resultados de las mismas;
IX.- Las sanciones disciplinarias impuestas a los integrantes de este Poder, en su caso;
X.- La agenda de audiencias jurisdiccionales pública de cada Juez y Magistrado durante su horario de trabajo; y
XI.- Cualquier otra información que se considere relevante a juicio del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia.
En el caso del Tribunal de lo Contencioso Administrativo y de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, se deberán publicar la información prevista en las disposiciones de este Artículo, en lo que le resulte aplicable.